FETE UGT Andalucía, tras el estudio y análisis de las disposiciones normativas vigentes sobre la materia e invocando la Directiva 2203/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de Noviembre de 2003, así como la emisión de jurisprudencia por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, logra que la Administración Educativa de Andalucía compense económicamente las vacaciones anuales no disfrutadas por un afiliado de Sevilla al encontrarse éste en situación de baja por I.T. y enlazar esta situación con la de Jubilación.
En una circunstancia que no es calificable de negociación por parte de este Sindicato, sino de estricta observancia y cumplimiento de lo regulado normativamente, la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía se ha allanado ante la pretensión, entendemos justa y legítima, de hacer efectivas las retribuciones correspondientes al mes de vacaciones de aquellos docentes que debido a que estaban de baja por incapacidad no materializaron el disfrute de las mismas en el momento correspondiente ni en momento posterior al haber pasado directamente de esta situación de baja a la de jubilación por incapacidad permanente para el servicio.
Así las cosas, desde FETE UGT Andalucía ofrecemos nuestra disponibilidad para el asesoramiento al personal docente que lo estime oportuno.
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COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR VACACIONES NO DISFRUTADAS https://t.co/MSKnd8ARuE